EstatutoEleccion

Estatuto de elección miembros del Concilio Ubuntu-cl

El siguiente estatuto es un borrador del trabajo realizado por la comisión compuesta por:
Alberto Rojas (AlbertoRojas), Sergio Uribe (SergioUribe) y Alvaro Olivares (AlvaroOlivares).

Art 1º De los objetivos

Los objetivos de estas bases son establecer los mecanismos de postulación al Concilio de la comunidad Ubuntu-cl y la forma en que los/las postulantes serán elegidos para pertenecer a la máxima instancia de la Comunidad Ubuntu-cl.

Art 2º De los principios

Los principios que rigen el proceso de elección del concilio son el democrático, el mérito, el bien común, igualdad, publicidad, transparencia, independencia y de la preclusión.

Art 3º De las etapas del proceso

El proceso constará de las siguientes etapas:

 1.-Etapa de postulación.
 2.-Etapa de discusión & publicidad.
 3.-Etapa de Votación.
 4.-Publicación de los resultados.
 5.-Traspaso de funciones.

El proceso se iniciará mediante un correo de aviso que enviará un miembro, comisionado al efecto, del concilio en funciones, el que llevará por asunto "Aviso de inicio de Proceso Elección de Concilio período X". Dicho aviso contendrá de forma determinada los plazos de cada una de las etapas antes señaladas, es decir señalará por ejemplo: el plazo de postulación irá del día (x) al día (y), etc.

Además contendrá un enlace a la página de wiki.ubuntu.com que contenga la lista de candidatos, la que deberá ser actualizada por el Concilio en funciones, o la persona que se delegue al efecto.

Durante la etapa de Votación no se podrá emitir ningún tipo de opinión ni publicidad sobre la votación, propuestas, o candidatos, por la lista de correos, el foro, o el planeta de la comunidad ubuntu-cl.

Art 4º Información de los postulantes al concilio

A fin de plasmar los principios de mérito, publicidad y transparencia, los postulantes deberán tener su cuenta de Launchpad y su página de wiki.ubuntu.com actualizada, a la fecha de su postulación.

Dicha información podrá ser modificada durante la etapa de postulación y la de discusión & publicidad, quedando firme durante la etapa de votación, es decir, durante dicha etapa no podrá ser modificada.

Art 5º Trámite de postulación

La manera de postular es mediante un correo electrónico a la lista de correos oficial de la comunidad ubuntu-cl Dicho correo deberá llevar como asunto "Quiero ser parte del Concilio" el cuerpo del mensaje deberá contener un encabezado con los siguientes datos:

 a) Nombre completo del postulante.

 b) Nicks por los que es conocido dentro de los diferentes medios en la comunidad.

 c) Afiliaciones, se entiende por afiliación la pertenencia de cualquier índole a empresas, establecimientos educacionales, partidos políticos. comunidades y grupos en general.

 -Además podrá agregar a dicho mensaje ideas, propuestas e impresiones, emitidas con el debido respeto y tendientes a mejorar la situación de ubuntu-cl.

Artº 6. Requisitos

No podrán postular las personas cuya inscripción en Launchpad y firma del Código de Conducta sea posterior al mes del lanzamiento del primer release de ubuntu que da nombre al Concilio que se encuentra en funciones. Cada concilio tendrá el nombre de las release vigentes durante sus funciones, por ejemplo Concilio Feisty Fawn - Gutsy Gibbon.

Si por motivo de una reinscripción en launchpad no se cumple con la condición de antigüedad en inscripción y firma del inciso primero, el candidato deberá contar con dos personas que tengan derecho a votar en estas elecciones y que además cumplan con el requisito de antigüedad antes señalado que avalen su antigüedad en la comunidad.

Artº 7. Los Votantes

Podrán votar todos los Ubunteros de la Comunidad Ubuntu-cl, es decir, los miembros de la comunidad que posean cuenta de launchpad, que hayan firmado el código de conducta y que se hayan inscrito en el grupo respectivo dentro de launchpad (ubunteros de ubuntu-cl).

Artº 8. Número de votos

Cada ubuntero votará por 5 de los candidatos.

Artº 9. Elección del concilio

Resultarán electos los 5 postulantes que obtengan la votación más alta.

En caso que entre los cinco postulantes con la votación más alta se encuentren tres que compartan alguna afiliación, el que tenga la tercera mayoría quedará excluido. Su cargo se proveerá con el postulante que haya obtenido la más alta votación y que no haya alcanzado a formar parte del concilio.

Toda situación de empate y que produzca incertidumbre sobre la elección, será decidida mediante el uso de herramientas de azar o aleatorias. Este procedimiento deberá ser grabado y publicado por medio el correspondiente enlace.

Artº10 De las vacancias

En caso de vacancia en el cargo, se debe distinguir el momento el momento en que ésta se produce.

Si la vacancia se produce durante el periodo del primer release que da nombre al concilio, se procederá a hacer una votación individual para proveer dicho cargo. En esta votación se observarán, en lo que sea aplicable, todas las normas anteriores.

Si la vacancia se produce durante el segundo release que da nombre al concilio, será el mismo concilio quién provea el cargo, en alguna persona que cumpla los requisitos del Artículo 6.

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